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DECRETO SUPREMO N°44

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Preguntas Frecuentes

DS 44

Existen muchas interrogantes con la entrada en vigencia del Nuevo Decreto Supremo Nº44, Reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles, Absolut Extintores comprometido con nuestros clientes y público en general, da respuesta a las preguntas más frecuentes que han surgido.

Reglamento administrativo llevado a cabo por el poder ejecutivo, con contenido normativo reglamentario y jerarquía inferior a las leyes, el 20 de febrero del 2018 el ministerio de economia, fomento y turismo publica decreto supremo n°44 el cual “aprueba reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles”

El motivo es porque el actual reglamento del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no establece requisitos mínimos de calidad y seguridad para los extintores y sesga su control a la aplicación parcial de las Normas Chilenas, sumado a la falta de control de los servicios post venta y relativos a la inspección, mantención y recarga de los extintores portátiles.

  • El 20 de febrero del 2020 entró en vigencia este nuevo reglamento.
  • Este decreto fue promulgado el 18 de marzo del 2015.
  • La publicación fue el 20 de febrero 2018.
  • La entrada en vigencia o aplicación debería haber sido a partir del 20 de febrero 2019, sin embargo el 16 de enero del 2019 se publicó decreto N°151 el cual dio una prórroga de un año para aplicar el DS 44.

Actualmente los extintores que se comercializan están certificados bajo DS 369 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo tanto, cumplen con el actual marco legal, con la entrada en vigencia del decreto DS 44, se verán afectadas todas aquellas empresas que adquieran extintores que no cumplan con este decreto y/o contraten Servicios Técnicos de Extintores (STE) que no estén certificados de acuerdo al nuevo marco legal.

El nuevo DS 44 habla del cumplimiento de requisitos mínimos de rotulación y de seguridad que deben cumplir todos los extintores portátiles nuevos, tanto manuales como rodantes, no considera reacondicionar extintores que estén en servicio para certificarlos según DS 44.

Los equipos que actualmente están certificados bajo DS 369 seguirán vigentes y se irán dando de baja en la medida que dejen de cumplir con las características técnicas originales con las cuales fueron certificados.

Si hay una fiscalización por parte de la autoridad, y verifica que la empresa no cuenta con extintores certificados de acuerdo a marco legal que se encuentre vigente, se expone a multas y sanciones que dependerán de la gravedad de la falta.

No es necesario sustituirlos ya que los extintores comercializados bajo las marcas TORDEN y VICTORY cumplen con Decretos Supremos N°369 y N°44, por lo tanto, podrán ser recertificados con la entrada en vigencia del Decreto.

Adquiriendo extintores certificados y contratando Servicio Técnico de Extintores certificado bajo DS N°44.

Con la entrada en vigencia del nuevo DS N° 44 solo podrán intervenir extintores portátiles y rodantes aquellas empresas que estén certificadas por algún organismo de certificación que este acreditado ante el INN.

Estos servicios se realizarán de acuerdo a manuales del fabricante o importador además de normas NCh 2056 – 2008 “Extintores Portátiles, Inspección, Mantenimiento y recarga” y NCh 3268 – 2012 “Extintores Portátiles, Servicio Técnico, Requisitos”, cabe señalar que la intervención de los equipos debe ser realizada por un STE certificado.

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