absolut extintores
DECRETO SUPREMO N°44
servicio tecnico autorizado
DIFERENCIAS CERTIFICACION DE EXTINTORES
DS 369 Y DS 44
En febrero de 2020 entra en vigor el nuevo decreto “reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles”, DS N°44.
Ante la entrada del nuevo DS 44, ABSOLUT EXTINTORES quiere informar a sus clientes respecto a las diferencias más relevantes entre la certificación de extintores con el actual DS 369 y el DS 44, y que a continuación detallamos:
DS 369
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Ámbito regulatorio – Rotulado de los extintores portátiles, mantención y recarga efectuada por un servicio técnico.
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Definiciones: Conceptos simples respecto a inspección, mantención y recarga, define el concepto de servicio técnico y determina que la mantención de un extintor debe estar a cargo de un servicio técnico.
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Color: Establece el color rojo acorde a lo señalado en la Nch1410.
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Rotulación: Debe ser proporcionada por los fabricantes, en español y usando marcas indelebles. Forma de rotulación basada en las características de fabricación e instrucciones de uso.
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No establece requisitos mínimos de calidad y seguridad para los extintores, además sesga su control a la aplicación parcial de las Normas Chilenas.
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No establece contenido porcentual del compuesto activo en el PQS (Polvo Químico Seco).
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No establece requisito de seguridad en presión de trabajo.
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Determina potencial de extinción Clase A, según Norma NCh1432/1-1993.
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No establece requisitos de seguridad.
DS 44
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Ámbito regulatorio – Rotulación de extintores, requisitos mínimos de seguridad, requisitos de operación de los servicios técnicos.
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Definiciones: Conceptos detallados sobre inspección, mantención y recarga de extintores; clasificación detallada de tipos de fuego, agentes y clases de extintores. Establece que la responsabilidad de inspección, mantención y recarga de un extintor es del dueño.
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Color: Establece el color rojo acorde a la Nch1410 y añade una excepción respecto a los extintores afectos a normas internacionales.
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Rotulación: Debe ser proporcionada por los fabricantes, en español y agrega que deben ser elaboradas en caracteres legibles e indelebles, no pudiendo ser adulteradas ni posicionadas sobre marcas originales, con excepción de la puesta por el servicio técnico.
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Establece estándares de calidad, requisitos de seguridad y no sesga la aplicación de las Normas Chilenas.
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En el Art. 11, letra c, establece que el contenido porcentual del compuesto activo en el PQS, no deberá ser menor que 70%.
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En el Art. 15, establece requisito de seguridad, la presión de trabajo deberá ser mínimo 195 psi, en los extintores portátiles a base de Polvo Químico Seco (PQS).
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En el Art. 18, aumenta carga de combustible en un 30% aproximadamente para todos los potenciales Clase A, ya que se aplica actual norma vigente NCh1432/1-2007 más exigente.
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En el TITULO TERCERO, establece el cumplimiento de Requisitos de Seguridad, ya que entre los Art. 14 y Art. 22 especifica que los extintores deben cumplir con normas NCh1735, NCh1180 partes 2/5, NCh1724, NCh1737, NCh3178, NCh3181, NCh1432 partes 1/2/3/4 y 5